La Ley 18/2022, de creación y crecimiento de empresas, conocida como Ley Crea y Crece, marca un antes y un después en la facturación B2B en España. Una de sus medidas estrella es la obligatoriedad de la factura electrónica en las relaciones comerciales entre empresas y profesionales, con el objetivo de impulsar la digitalización y, sobre todo, de reducir la morosidad.
Resumen rápido: la ley ya está aprobada, pero falta el reglamento técnico. En cuanto se publique, empezará a correr el plazo: 12 meses para quienes facturen más de 8 millones de euros y 24 meses para el resto.
1. ¿Qué es la factura electrónica?
Es una factura que se expide y recibe en formato electrónico, a través de redes como Internet, y que garantiza legibilidad, autenticidad e integridad (Real Decreto 1619/2012).
Hay dos grandes tipos:
- Formato estructurado (Facturae, UBL, CII…): pensado para que los sistemas lo procesen automáticamente.
- Formato no estructurado (PDF): legible por personas, pero exige intervención manual u OCR.
Con la Ley Crea y Crece, lo que se generaliza es el uso de formatos estructurados, porque permiten esa conexión automática entre programas y con la futura solución pública.
2. ¿Por qué esta obligación ahora?
La ley persigue tres cosas:
- Digitalizar las relaciones empresariales y acabar con la “factura suelta en PDF”.
- Luchar contra la morosidad: si todas las facturas están en un sistema conectado, se sabe cuándo se emiten y cuándo se pagan.
- Dar transparencia a Hacienda, que tendrá un repositorio público (SEFE) donde llegan las facturas, incluso si usas una plataforma privada.
3. ¿A quién afecta?
A todas las empresas y autónomos que facturen a otras empresas o autónomos en España (operaciones B2B). No afecta al B2C.
Habrá excepciones puntuales (facturas simplificadas, ciertos sectores) que concretará el reglamento, pero la regla general es: si es B2B, será electrónica.
4. Plazos de implantación
La ley ya está en vigor desde el 19 de octubre de 2022, pero la factura electrónica obligatoria espera a su reglamento. El borrador está publicado desde el 15 de junio de 2023, pero falta la aprobación definitiva.
- Empresas y profesionales con facturación > 8 millones €/año: 12 meses desde la aprobación del reglamento.
- Resto de empresas y autónomos: 24 meses desde la aprobación.
Conclusión: cuando salga el reglamento, empieza la cuenta atrás. Conviene llegar ya con el software adaptado.
5. ¿Cómo será el ecosistema técnico?
La Ley Crea y Crece crea el Sistema Español de Factura Electrónica (SEFE), que se compondrá de:
- Plataformas privadas de factura electrónica (las que muchas empresas ya usan).
- Solución pública de la AEAT, gratuita, que hará de repositorio y permitirá emitir y recibir.
Si trabajas con una plataforma privada, igual tendrás que enviar una copia de cada factura a la solución pública. Y todas las plataformas tendrán que ser interoperables y estar interconectadas gratuitamente.
6. Relación con VeriFactu y la Ley Antifraude
Es normal mezclarlas, pero no son lo mismo:
- Ley Crea y Crece: factura electrónica obligatoria B2B + comunicación de estados para reducir morosidad.
- Ley Antifraude / VeriFactu: requisitos técnicos para que los programas de facturación sean inalterables y puedan remitir los registros a Hacienda.
Lo más probable es que las herramientas de facturación terminen cumpliendo ambas cosas: generan factura electrónica estructurada y, además, cumplen los requisitos antifraude.
7. Nuestra API de factura electrónica (Ley Crea y Crece)
Como ya hacemos con VeriFactu y con los sistemas autonómicos (TicketBAI / futuros NaTicket), tenemos previsto ofrecer una API específica para la factura electrónica B2B de la Ley Crea y Crece en cuanto el reglamento sea definitivo.
- Entrada JSON, salida factura electrónica: tú nos envías los datos de la factura y nosotros generamos el formato estructurado válido (Facturae/UBL/lo que fije el reglamento).
- Gestión de estados: incorporaremos las llamadas necesarias para comunicar aceptación, rechazo y pago en los 4 días hábiles que va a exigir el reglamento.
- Envío al repositorio público: cuando Hacienda publique el endpoint, lo integramos en la API para que no tengas que tocar tu software.
- Interoperabilidad: diseñada para convivir con plataformas privadas y con la solución pública.
- Mismo patrón que ya usas para VeriFactu: no tienes que aprender otra forma de integrarte.
Así puedes decir a tus clientes que su ERP, TPV o programa de facturación estará preparado para la Ley Crea y Crece en cuanto salga el reglamento, sin reescribir todo.
8. Morosidad y comunicación de estados
Una de las partes más potentes del borrador es la obligación de informar de los estados de la factura (emitida, enviada, aceptada, pagada…). Esto permite a Hacienda saber si se cumplen los 60 días máximos de la Ley 15/2010.
Si tu software no permite esta comunicación, el cliente puede acabar sancionado. Por eso es tan importante que la solución de facturación que uses esté actualizada.
9. ¿Qué pasa con los PDF?
Durante el primer año, las empresas de más de 8 millones deberán acompañar sus facturas electrónicas con un PDF legible (salvo aceptación expresa del receptor). Después, lo relevante será el formato estructurado.
Ven con nosotros
La Ley Crea y Crece va a convertir la factura electrónica en la forma normal de facturar entre empresas en España. Y va a hacerlo de manera conectada con Hacienda, con plataformas interoperables y con control de pagos. Esperar al último día no es buena idea: cuanto antes migres tu software, menos prisa tendrás cuando salga el reglamento.
Si eres fabricante o integrador, nuestra API de factura electrónica te permitirá adaptar tu producto una sola vez y mantenerte al día cuando Economía publique los detalles técnicos.